Exclusiones Seguros Carga Internacional

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EXCLUSIONES GENERALES

Aspectos importantes que conviene conocer....'Letra Chica'

Pueden ser cubiertas mediante convenios expresos con el Asegurador y el pago de Adicionales o Primas
-Para este tipo de riesgo los Países fijan cláusulas que las Compañías incluyen en sus Pólizas-

El ASEGURADOR NO PAGARA PERDIDAS POR DAÑOS FISICOS y/o GASTOS
-provenientes de los siguientes hechos -no existiendo cobertura explícita- :

Guerra, Guerra Civil - Rebelión o insurrección que provenga de estas circunstancias
Acto hostil por o contra un Poder beligerante Huelgas, Disturbios Obreros, Motines, Alborotos Populares, Vandalismo
Robo o Hurto parcial o falta de contenido a un bulto entero Fallas en sistemas de refrigeración(del Transporte o Bodega estadía)
Embarque sobre cubierta en Naves 'NO Porta-Contenedor' Mojaduras por agua si la carga no está protegida por lonas

EXCLUSIONES QUE MOTIVA ANULACION COBERTURA -Sin lugar a reclamo por el Asegurado-

-Robo, Fraude, Dolo, Mala fé, Culpa grave, Abuso de confianza o Delitos cometidos por el ASEGURADO -actúen solo o con cómplices-
-Embalaje, Estiba, Preparación, Empaque, Envase inapropiado, falta de simbología para el manejo de las mercancías, y el medio de transporte.
-Naturaleza perecedera inherente a los bienes, Vicio propio, Variación de temperatura, Combustión espontánea, Humedad del medio ambiente, Sudoración o  Condensación del aire dentro del Empaque, Embalaje o Bodega donde haya sido estibada
-Derrames, Merma, Pérdida de Peso, Volumen o Desgaste normal de los Bienes asegurados.
-Empleo de un medio de transporte inadecuado, obsoleto o con fallas o defectos latentes que no puedan ser ignorados
-Colisión de la carga con objetos fuera del medio de transporte por sobrepasar su capacidad dimensional o superestructura (por largo, ancho o alto)
-Leyes, Disposiciones o Normas expedidas por Autoridad -Extranjera o Nacional- que alteren la valoración del siniestro
-Apropiación, Requisición, Confiscación de los bienes asegurados por personas que por derecho sean facultadas a tomar posesión de los mismos
-Robo -sin violencia- cuando el medio de transporte sea propiedad del ASEGURADO o bajo su control o custodia.
-Abandono de los bienes asegurados por parte del ASEGURADO o Representantes como sus consecuencias.
-Responsabilidad Civil hacia Terceros por pérdidas o daños en sus bienes o en sus personas causados por los bienes asegurados
-Daños indirectos, Pérdida de mercado, Beneficios o cualquier otro perjuicio o dificultad de índole comercial que afecten al ASEGURADO cualesquiera que  sea su causa u origen y esté ligado a los bienes asegurados.
-Daños por mojadura u oxidación cuando los bienes viajen a la intemperie
-Reacción nuclear, Radiación o Contaminación Radioactiva
-Pérdida, Daño o Gasto procedente del uso de arma de guerra que emplee Fisión Atómica, Nuclear o Materia semejante
-Pérdida, Daño o Gasto causado por demora en el transporte y/o entrega en Bodega destino -Pérdida, Daño o Gasto por insolvencia o incapacidad financiera  de: los armadores o fletadores de la nave.
-Actos terroristas o Sabotaje, Minas, Torpedos, Bombas u otras Armas de Guerra -abandonadas o no-
BASICOS RIESGOS CLAUSULAS AQUI ESTAMOS RESPONSABILIDAD TERRESTRE EMBALAJE GARANTIAS CASCOS

 

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